DVR Abogados · Bogotá, Colombia
Abogada en seguros,
responsabilidad civil y litigios
Brenda Díaz Vidal · Asesoría legal especializada en Bogotá y todo Colombia.
Estrategia y representación para clientes que enfrentan reclamaciones de seguros, procesos sancionatorios, responsabilidad civil y litigios civiles o de familia. Especialista del Externado de Colombia.
- Especialista en Seguros - Universidad Externado de Colombia
- Experiencia en aseguradoras, firma privada y sector público
- Atención en Bogotá y todo Colombia

“Cada caso es tratado con la rigurosidad de la mejor formación jurídica y el compromiso de quien entiende que está en juego lo que más le importa.”
Brenda Díaz Vidal — DVR Abogados
Especialista en Seguros - Universidad Externado de Colombia
Experiencia en aseguradoras, firma privada y sector público
Atención en Bogotá y todo Colombia
Consultas confidenciales
Práctica Legal
Áreas de Práctica
Identifica tu situación y solicita una revisión inicial con una ruta jurídica clara.
Derecho de Seguros
La aseguradora negó, demoró o pagó parcialmente tu reclamación.
Asesoría y litigios en reclamaciones de seguros de vida, daños, responsabilidad civil y SOAT. Representación ante aseguradoras y la Superintendencia Financiera de Colombia.
Litigios y Controversias
Necesitas una estrategia judicial o extrajudicial clara.
Representación en procesos judiciales, conciliaciones y trámites ante la jurisdicción ordinaria, contencioso-administrativa y tribunales de arbitramento.
Responsabilidad Civil
Buscas reclamar o defenderte frente a perjuicios contractuales o extracontractuales.
Representación en controversias por incumplimientos, daños, perjuicios y reclamaciones derivadas de responsabilidad contractual o extracontractual.
Procesos Sancionatorios
Tu empresa o contrato enfrenta una audiencia, multa o declaratoria de incumplimiento.
Defensa y acompañamiento en audiencias de imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento ante entidades estatales.
Derecho Civil
Necesitas resolver una disputa sobre contratos, obligaciones, sucesiones o bienes.
Asesoría en obligaciones civiles, contratos, sucesiones, bienes e inmuebles. Representación en procesos declarativos, ejecutivos y de jurisdicción voluntaria.
Derecho de Familia
Requieres acompañamiento humano y estratégico en una decisión familiar sensible.
Acompañamiento en divorcios, custodia, alimentos, liquidación de sociedad conyugal y procesos de filiación.
Proceso de Atención
Una ruta clara desde el primer contacto
Antes de iniciar cualquier actuación, buscamos entender el problema, ordenar la información y definir el siguiente paso con criterio jurídico.
Cuéntanos tu caso
Comparte una descripción breve de tu situación, documentos relevantes y el objetivo que necesitas resolver.
Recibe orientación inicial
Revisamos el contexto, identificamos riesgos y definimos si el asunto requiere reclamación, negociación o defensa.
Define una estrategia legal
Tendrás una ruta de acción clara para tomar decisiones con mayor seguridad jurídica.
Perfil Profesional
Nuestra Abogada Principal
Somos DVR Abogados, una firma liderada por Brenda Díaz Vidal, egresada de la Universidad Externado de Colombia con Especialización en Seguros y Diplomado en Derecho de Seguros de la Pontificia Universidad Javeriana.
Nuestra práctica se centra en la asesoría y representación estratégica en derecho civil, comercial, de seguros y de familia. Acompañamos a personas naturales y empresas a lo largo de todo el proceso judicial y extrajudicial.
Nuestro compromiso es ofrecer una estrategia legal clara, honesta y efectiva, orientada a proteger los intereses de nuestros clientes con la seriedad que cada caso merece.
Solicitar AsesoríaAbogada
Universidad Externado de Colombia
Formación jurídica en una de las universidades líderes en derecho privado de Colombia.
Especialista en Seguros
Universidad Externado de Colombia
Especialización en reclamaciones, litigios y contratos del sector asegurador.
Diplomado en Derecho de Seguros
Pontificia Universidad Javeriana
Profundización en regulación y litigios del sector asegurador.
Trayectoria Profesional
Sector Público
Superintendencia Nacional de Salud
Trámite de procesos disciplinarios y proyección de documentos ante la Oficina de Control Disciplinario Interno.
Litigios en Firma Privada
G Herrera Abogados & Asociados
Defensa judicial en responsabilidad civil contractual, extracontractual y profesional. Representación de aseguradoras en litigios, procesos extrajudiciales y trámites arbitrales.
Sector Asegurador
Seguros del Estado S.A.
Estrategia de defensa en procedimientos administrativos sancionatorios ante entidades estatales. Análisis de reclamaciones complejas derivadas de pólizas de cumplimiento.
Sector Financiero Asegurador
BBVA Seguros
Gestión de procesos judiciales, conciliación de reservas y representación especial ante audiencias extrajudiciales. Coordinación con la Superintendencia Financiera de Colombia.
Casos Representativos
Reclamaciones ante aseguradoras
Análisis de pólizas, objeciones y documentos para estructurar reclamaciones o controversias contra aseguradoras.
Defensa en procesos sancionatorios
Preparación de descargos, estrategia probatoria y acompañamiento en audiencias ante entidades estatales.
Responsabilidad civil y familia
Acompañamiento en disputas patrimoniales, daños, obligaciones familiares y escenarios judiciales sensibles.
Los escenarios son ejemplos anonimizados de práctica profesional. Cada caso requiere análisis individual.
Cobertura
Cobertura Nacional
Bogotá D.C.
Sede principal
Presencia directa en Bogotá para atención presencial y virtual. Audiencias, trámites y reuniones en la capital.
Todo Colombia
Atención virtual disponible
Representación en todo el territorio nacional mediante poder judicial y medios digitales.
Consultas habituales
Preguntas frecuentes
- ¿Cómo se calcula la cuota alimentaria para hijos menores en Colombia?
- La cuota alimentaria se fija conforme al artículo 411 y siguientes del Código Civil y al artículo 24 del Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006). La ley no establece un porcentaje fijo, pero la jurisprudencia ha consolidado los siguientes criterios:
- La cuota no debe ser inferior al 25% del SMMLV por hijo.
- No debe superar el 50% de los ingresos del alimentante, salvo circunstancias excepcionales.
- El juez evalúa ingresos formales e informales del obligado y las necesidades del menor (alimentación, salud, educación, vivienda).
- ¿Qué elementos debo probar para ganar una demanda de responsabilidad civil extracontractual?
- Conforme al artículo 2341 del Código Civil, el demandante debe demostrar tres elementos indispensables:
- El hecho dañoso: la acción u omisión del demandado.
- El daño: perjuicio cierto y cuantificable — daño emergente, lucro cesante, daño moral o daño a la vida de relación.
- El nexo de causalidad: relación directa entre el hecho y el perjuicio sufrido.
- ¿Puede la aseguradora negar una reclamación alegando preexistencia médica?
- Solo bajo condiciones muy específicas. El artículo 1058 del Código de Comercio establece que el tomador debe declarar verazmente el estado de riesgo al contratar. Si hubo omisión dolosa (reticencia), la aseguradora puede alegar la nulidad relativa del contrato.
Sin embargo, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) ha señalado que la aseguradora no puede alegar preexistencias cuando:- No realizó exámenes médicos previos antes de expedir la póliza.
- La condición preexistente era conocida o debió serlo por la aseguradora.
- Han transcurrido más de dos (2) años desde la expedición sin invocar la reticencia (artículo 1058 in fine).
- ¿Cuánto tiempo tengo para demandar al Estado por un contrato público incumplido?
- La acción de controversias contractuales (artículo 87 del CPACA, Ley 1437 de 2011) tiene un término de caducidad de dos (2) años — no de prescripción, por lo que el juez debe declararla de oficio y no se interrumpe con reclamaciones extrajudiciales.
Los dos años se cuentan desde:- La ejecutoria del acto de liquidación unilateral.
- La fecha en que debió realizarse la liquidación bilateral si esta no se llevó a cabo.
- El vencimiento de los dos años siguientes a la terminación del contrato si no hubo liquidación de ninguna clase.
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